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Decreto 36/2020, de 10 de marzo del Gobierno Vasco. El foco en el modelo de gestión.

By RRSS , in itSMF España , at 30/04/2020 Etiquetas: , ,

 

Decreto 36/2020, de 10 de marzo del Gobierno Vasco. El foco en el modelo de gestión.

 

Comité de Euskadi

En el ámbito de las TI, todo gobierno se encuentra ante dos retos relevantes a los que debe dar respuesta conjunta. El primero de ellos es identificar y gestionar la tecnología adecuada y confiable que le permita establecer una relación ágil, eficiente y segura con la ciudadanía y el tejido industrial. El segundo es afrontar con garantías los constantes y permanentes cambios tecnológicos.

A estos retos el Gobierno Vasco viene dando respuesta con diversas iniciativas y normas. El Decreto 35/1997, estableció por primera vez las bases para la ordenación de las tecnologías de la información y la comunicación. Veintitrés años después, el Decreto 36/2020 de 10 de marzo, por el que se regula el Modelo de Gestión de las Tecnologías de la Información y la Comunicación en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, supone el último paso. Un decreto que destaca por su valor cualitativo, al poner el foco en el modelo de gestión.

Tal y como enuncia su Artículo 1, esta norma tiene por objeto “regular el modelo de gestión de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) de las entidades del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, estableciendo sus principios ordenadores, su planificación estratégica, organización, contratación y utilización de las tecnologías de la información y la comunicación, así como la distribución de competencias y participación de cada entidad en tal modelo de gestión”.

Este decreto consta de cuatro capítulos; el primero de ellos explica el objeto, ámbito de aplicación y principios ordenadores. El segundo establece la planificación estratégica. En el tercer capítulo se presenta su estructura orgánica y funcional, y finalmente en el cuarto capítulo se expone el régimen de gestión.

Plan Estratégico

Una de las novedades de este decreto se presenta en su Artículo 4, donde se establece “la aprobación, con carácter plurianual y duración máxima de cinco años, del Plan Estratégico TIC, PETIC. El contenido mínimo de este plan será:

  • La definición de los objetivos básicos a medio y largo plazo en materia TIC, entre los que deberá incluirse la reducción de la brecha digital de género.
  • La priorización de las necesidades del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
  • Los servicios nuevos o modificados a desplegar e incorporar en el catálogo de servicios para la convergencia TIC.
  • La estrategia de provisión de servicios TIC.
  • La identificación de los proyectos de interés prioritario.
  • La relación de acciones o proyectos para la consecución de dichos objetivos.
  • La asignación de las responsabilidades de las acciones y proyectos.
  • El calendario esperado de finalización de las acciones y proyectos, así como de sus hitos más relevantes.
  • La propuesta estimada de los posibles costes para su implantación, ejecución y seguimiento, que será tenida en cuenta tanto por los departamentos como por las entidades del sector público a la hora de elaborar sus correspondientes previsiones.
  • El establecimiento de criterios para su seguimiento, evaluación y revisión, incluyendo las partes interesadas y sus requisitos, así como los riesgos y oportunidades, de acuerdo con las normas internacionales.

Comisión estratégica TIC

Otra novedad que recoge el texto en su Artículo 10 es la creación de una “Comisión Estratégica TIC”, desarrollándose las funciones de dicho comité en el Artículo 11. De manera muy resumida:

  • Prestar asistencia en la definición de la política y estrategia TIC.
  • Aprobar la propuesta de Plan Estratégico TIC.
  • Aprobar la clasificación de los servicios TIC que servirá para priorizar los proyectos que se incluyan en el Plan Estratégico TIC.
  • Aprobar el «Catálogo de Servicios» y sus revisiones.
  • Definir la política de provisión de servicios TIC.
  • Efectuar el seguimiento, evaluación y control de la ejecución de la política y estrategia TIC, así como del cumplimiento del Plan Estratégico TIC, incluyendo la planificación de auditorías en todo el ámbito de aplicación del modelo de gestión TIC.

En el Comité de Euskadi de itSMF contamos con varias organizaciones pertenecientes al sector público, por lo desde el Comité seguiremos con interés la puesta en marcha e implantación de este decreto. De la experiencia se podrán obtener sin duda un conjunto de valiosas buenas prácticas para el futuro.

 

Josu Mendivil

Responsable del Comité de Euskadi de itSMF España

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